Los católicos divorciados que deseen volver a casarse por la Iglesia deben obtener primero una declaración de nulidad, comúnmente conocida como «anulación». Cuando se concede una anulación, un tribunal eclesiástico (un tribunal de la Iglesia católica) declara que el matrimonio era, de hecho, nulo según el Derecho canónico. El matrimonio carecía de al menos uno de los siguientes elementos esenciales necesarios para una unión válida.
Los elementos esenciales son:
- Los cónyuges son libres de casarse
- Son capaces de dar su consentimiento para contraer matrimonio
- Dan su consentimiento libremente
- Al dar su consentimiento para casarse, tienen la intención de casarse para toda la vida, de ser fieles el uno al otro y de estar abiertos a tener hijos
- Se preocupan por el bien del otro
- Su consentimiento se da en presencia de dos testigos y ante un ministro de la Iglesia debidamente autorizado
Preguntas frecuentes
He oído hablar del término «anulación», pero no sé muy bien qué significa. ¡Ayuda, por favor!
«For Your Marriage», un recurso de la Conferencia Episcopal de Estados Unidos (USCCB), ha publicado un excelente artículo sobre las anulaciones. En él se ofrece una visión general de lo que hay que saber. ¿Qué es una anulación? ¿Por qué exige la Iglesia que un católico divorciado obtenga una anulación antes de volver a casarse por la Iglesia? ¿En qué consiste el proceso ante el tribunal, etc.?
¿Cómo se inicia el proceso de anulación?
Póngase en contacto con un sacerdote o un diácono de una parroquia de su zona. El sacerdote o el diácono le remitirá posteriormente al Tribunal Diocesano.
Me han concedido la nulidad y quiero casarme por la Iglesia, ¿y ahora qué?
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